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17 AÑOS DE ARGAF

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TERNA EN GAIMAN

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UNA PERSONA GANADORA SABE QUE LA ADVERSIDAD ES EL MEJOR DE LOS MAESTROS Y SABE TAMBIEN QUE EL RESULTADO DEPENDE DE SI MISMO






























ORGULLOSAMENTE ARTESANAL

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lunes, 25 de octubre de 2010

Modificacion de la Regla 10‏



PARA VUESTRA INFORMACIÓN. CONCLUSIÓN TOMADA LUEGO DE UNA IMPORTANTE RUEDA DE CONSULTAS
EN NUESTROS TORNEOS NACIONALES.

ATENTAMENTE

Confederación Argentina de Futsal.

Sr. Presidente de la Asociación Mundial de Futsal

Dr. Rolando Alarcón

De mi mayor consideración:
De acuerdo a vtro. correo remitido el pasado 14 de septiembre, y atento a lo en él descripto, por solicitud de los Sres. Manuel Sanchez Aguirre y Gustavo Rubio, presidentes ambos de la Federación Colombiana de Futsal y de la Asociación Peruana de Futsal, respectivamente; a continuación le envío mis apreciaciones sobre el tema.

- Ante todo, cuando se propone una modificación a cualquier reglamentación u ordenanza, debe claramente fundamentarse esa propuesta a efectos de visualizar él o los objetivos que se persiguen con dicha modificación.

- Asimismo; al plantear el fundamento deben analizarse que otras implicancias tendría la aprobación de la modificación propuesta, y el peso específico de esas implicancias, dándole un valor relativo que indique si se pierde la esencia de lo que se modifica.

- Yendo al análisis profundo de la cuestión, observo que se perjudica el juego al eliminar el tiro castigo, puesto que prevalecerán las interrupciones por sobre el juego en sí, facilitando de este modo la supremacía del juego brusco sobre la técnica individual.

- Al eliminar el cinturón de contención que significa la posibilidad cierta del tiro de castigo; es decir que el equipo que llega a la quinta falta entra en situación de alarma; y al quitar esa condición, las posibilidades de contener al rival mediante falta son una invitación por demás auspiciosa para jugadores y técnicos.

- Así a un equipo se le brinda la posibilidad de cometer 48 faltas sistemáticas que no necesariamente deben ser graves, pero sí cortan el juego. Esto no hace más que ratificar la necesidad de mantener el tiro de castigo.

- Por todo lo expuesto no encuentro motivos con razones de peso para introducir en nuestro reglamento una modificación del tipo de la sugerida.

- Si eventualmente la situación pasara por la supuesta presión que sienten los árbitros para sancionar o no una sexta falta que concluiría en un tiro de castigo, estimo que la solución no pasa por lo sugerido; sino por brindar seguridad y protección al arbitraje, y no solo en el momento del partido en sí, sino a través de sanciones hacia quienes pretenden mediante presiones lograr que los árbitros favorezcan a sus equipos.

De esto que señalo existen varios antecedentes de ausencia de sanciones por agresiones a los árbitros (Sudamericano Juvenil en Coronel Oviedo; Panamericano de Mayores en Caaguazú, por citar algún ejemplo); y esas son presiones ciertas y preocupantes mas allá de un posible tiro de castigo. Vaya como agregado que en una competencia de nivel internacional, llámese Panamericano; Mundial; etc.; no existe presión alguna hacia los árbitros salvo la que pueda ejercer algún dirigente; y esto es lo verdaderamente lamentable.

- No desviemos el objetivo del juego, y no desvirtuemos su esencia, nuestra función como dirigentes es proteger al jugador, debe primar el juego por sobre el resto, solo así se realza el espectáculo; el jugador y el espectador nos lo agradecerán.

- Por otra parte entiendo que de aprobarse, sería un cambio fundamental en el desarrollo del juego, por lo que merecería ser tratado el tema en forma más profunda, en una mesa redonda ampliada si fuese necesario; intentando previamente conocer la opinión de los países afiliados a la AMF, incluyendo árbitros, técnicos y jugadores.

Por último, perdone Vd., Sr. Presidente lo extenso de la presente, pero el tema y su importancia lo merecen; aprovecho para enviarle mis respetos; atentamente

José María Cirigliano

ARGENTINA

Miembro Permanente del Tribunal

Internacional de FUTSAL

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