domingo, 31 de octubre de 2010
No cobró un penal y “cobró” después
A más de uno le dan ganas de “reventar” a trompadas a un árbitro cuando no sanciona un claro penal para su equipo. Pero del dicho al hecho, a veces, hay un largo trecho.
Sobre el final del encuentro entre Rudar Siveric y Sabunjar por la cuarta división de la liga croata de fútbol, el árbitro del partido fue golpeado por un grupo de futbolistas que estuvieron en desacuerdo con una decisión.
Es que el referí Pavic no sancionó un claro penal en favor del Siveric tras una infracción del defensor del equipo rival sobre el atacante del equipo que viste de rojo.
La reacción de los futbolistas no se hizo esperar y tras darle patadas y golpes de puño al hombre de negro, el juez terminó expulsado a uno de los jugadores.
http://mundod.lavoz.com.ar/futbol/no-cobro-un-penal-y-%E2%80%9Ccobro%E2%80%9D-despues
miércoles, 27 de octubre de 2010
lunes, 25 de octubre de 2010
Modificacion de la Regla 10
PARA VUESTRA INFORMACIÓN. CONCLUSIÓN TOMADA LUEGO DE UNA IMPORTANTE RUEDA DE CONSULTAS
EN NUESTROS TORNEOS NACIONALES.
ATENTAMENTE
Confederación Argentina de Futsal.
Sr. Presidente de la Asociación Mundial de Futsal
Dr. Rolando Alarcón
De mi mayor consideración:
De acuerdo a vtro. correo remitido el pasado 14 de septiembre, y atento a lo en él descripto, por solicitud de los Sres. Manuel Sanchez Aguirre y Gustavo Rubio, presidentes ambos de la Federación Colombiana de Futsal y de la Asociación Peruana de Futsal, respectivamente; a continuación le envío mis apreciaciones sobre el tema.
- Ante todo, cuando se propone una modificación a cualquier reglamentación u ordenanza, debe claramente fundamentarse esa propuesta a efectos de visualizar él o los objetivos que se persiguen con dicha modificación.
- Asimismo; al plantear el fundamento deben analizarse que otras implicancias tendría la aprobación de la modificación propuesta, y el peso específico de esas implicancias, dándole un valor relativo que indique si se pierde la esencia de lo que se modifica.
- Yendo al análisis profundo de la cuestión, observo que se perjudica el juego al eliminar el tiro castigo, puesto que prevalecerán las interrupciones por sobre el juego en sí, facilitando de este modo la supremacía del juego brusco sobre la técnica individual.
- Al eliminar el cinturón de contención que significa la posibilidad cierta del tiro de castigo; es decir que el equipo que llega a la quinta falta entra en situación de alarma; y al quitar esa condición, las posibilidades de contener al rival mediante falta son una invitación por demás auspiciosa para jugadores y técnicos.
- Así a un equipo se le brinda la posibilidad de cometer 48 faltas sistemáticas que no necesariamente deben ser graves, pero sí cortan el juego. Esto no hace más que ratificar la necesidad de mantener el tiro de castigo.
- Por todo lo expuesto no encuentro motivos con razones de peso para introducir en nuestro reglamento una modificación del tipo de la sugerida.
- Si eventualmente la situación pasara por la supuesta presión que sienten los árbitros para sancionar o no una sexta falta que concluiría en un tiro de castigo, estimo que la solución no pasa por lo sugerido; sino por brindar seguridad y protección al arbitraje, y no solo en el momento del partido en sí, sino a través de sanciones hacia quienes pretenden mediante presiones lograr que los árbitros favorezcan a sus equipos.
De esto que señalo existen varios antecedentes de ausencia de sanciones por agresiones a los árbitros (Sudamericano Juvenil en Coronel Oviedo; Panamericano de Mayores en Caaguazú, por citar algún ejemplo); y esas son presiones ciertas y preocupantes mas allá de un posible tiro de castigo. Vaya como agregado que en una competencia de nivel internacional, llámese Panamericano; Mundial; etc.; no existe presión alguna hacia los árbitros salvo la que pueda ejercer algún dirigente; y esto es lo verdaderamente lamentable.
- No desviemos el objetivo del juego, y no desvirtuemos su esencia, nuestra función como dirigentes es proteger al jugador, debe primar el juego por sobre el resto, solo así se realza el espectáculo; el jugador y el espectador nos lo agradecerán.
- Por otra parte entiendo que de aprobarse, sería un cambio fundamental en el desarrollo del juego, por lo que merecería ser tratado el tema en forma más profunda, en una mesa redonda ampliada si fuese necesario; intentando previamente conocer la opinión de los países afiliados a la AMF, incluyendo árbitros, técnicos y jugadores.
Por último, perdone Vd., Sr. Presidente lo extenso de la presente, pero el tema y su importancia lo merecen; aprovecho para enviarle mis respetos; atentamente
José María Cirigliano
ARGENTINA
Miembro Permanente del Tribunal
Internacional de FUTSAL
sábado, 23 de octubre de 2010
viernes, 22 de octubre de 2010
XXX CAMPEONATO ARGENTINO DE CLUBES DE“X DIVISIÓN DE HONOR”. FUTSAL
XXX CAMPEONATO ARGENTINO DE CLUBES DE FUTSAL
“X DIVISIÓN DE HONOR”.-
Posadas – Misiones del 13 al 20 de Noviembre de 2010
PROGRAMA DE ACTIVIDADES:
Sábado 13 - 18 Hs.: Acto Inaugural y Reunión de Torneo. Con la presencia de Autoridades, Invitados y Prensa. Obligatoria para los clubes participantes.
Palabras de Apertura.
Palabras de Bienvenida
Video del sorteo del X Campeonato del Mundo Colombia 2011
Presentación del “Sistema Nacional de Titularización y Categorización para Dirigentes, Árbitros, Técnicos y Preparadores Físicos”, con vigencia a partir del año 2011.
Presentación del: “Centro de Estudios e Investigación del Fútbol de Salón o Futsal Argentino”
Presentación del “Simposio de Actualización para Técnicos, Preparadores Físicos, Árbitros y Dirigentes” que se realizará en Posadas los días 15, 16, 17 y 18, por la mañana, con 2.30 horas por día y por modulo. De participación obligatoria para los clubes o ACD participantes en la División de Honor y de la APOFUSA. Para los Profesores y Estudiantes de Educación Física que participen, el Simposio durara hasta el día 19.
Sorteo para integrar las zonas de competencia y fixture.
Presentación del Proyecto de la “División Nacional de FUTSALON”
Domingo 14: 14.00 horas: Inicio de la competencia. La tolerancia de 15 minutos solo se aplicará en el primer juego, luego se jugará con intervalos de 5 minutos entre partidos. Juegos: 2º - 15.30, 3º - 17.00, 4º - 18.30, 5º - 20.00, 6º - 21.30.
Lunes 15: 14.00 hs: Cancha ITAPUA, segunda jornada clasificadora. Brown 15 hs.
Martes 16: 14.00 hs: Cancha ITAPUA, tercera jornada clasificadora. Brown 15 hs.
Miércoles 17: 14.00 hs: Cancha ITAPUA, cuarta jornada clasificadora. Brown 15 hs.
Jueves 18: 16.00 horas: Octavos de Final, entre los 6 primeros y los 6 segundos de cada zona, más los 4 mejores terceros.
Viernes 19: 20.00 horas: Cuartos de Final
Sábado 20: 20 horas: Semi Finales
Domingo 21: 18.30 horas: Juego por el 3º Puesto y Final.
Inscripción al SIMPOSIO, gente de la CAFS, $ 75, otros $ 100.-
miércoles, 20 de octubre de 2010
martes, 19 de octubre de 2010
Cuervos de Río Grande y Real Madrid están en semifinales
Metalúrgicos 4 - 5 Los Cuervos R.G.
Goles: Gustavo Thione (2), Esteban Núñez y Lucas Vera para Metalúrgicos. Gustavo Pintos (4) y Walter Mansilla para Los Cuervos de Río Grande.
Arbitros: Darío López y Fidencio Rolón.
Cancha: Gimnasio Jorge Muriel.
Primer tiempo: Los Cuervos de Río Grande ganaba 3 a 1.
Incidencias: No se registraron.
Real Madrid 13 - 4 Real Amarillo
Goles:Gonzalo Gómez (4), Maximiliano Retamales (3), Ricardo Alurralde (2), Gabriel Hernández (2), Luis Ramírez y Pablo Verón para Real Madrid. César Gallardo, Alejandro Fernández, Matías Barraza y Néstor Cruz para Real Amarillo.
Arbitros: Ricardo Abalos y Silvina Tironi.
Cancha: Gimnasio Jorge Muriel.
Primer tiempo: Real Madrid ganaba 5 a 4.
Incidencias: César Gallardo (RA) expulsado con tarjeta azul (doble amarilla).
sábado, 16 de octubre de 2010
FELIZ DIA DE LA MADRE
martes, 12 de octubre de 2010
11 DE OCTUBRE DIA DEL ARBITRO
sábado, 9 de octubre de 2010
miércoles, 6 de octubre de 2010
martes, 5 de octubre de 2010
COMUNICADO Y SUGERENCIA DE LA CAFS
Estimado Sr. Presidente
La Unión de Formosa Futsal
Don Celestino Cohene
Su Atención
Adjuntamos análisis y sugerencias relacionados al texto enviado por Uds.
Saludos cordiales,
Pedro Bonnettini
CAPITULO DECIMO TERCERO
DEL DIRECTORIO DE ARBITROS Y JUECES
ART. Nº 66
Texto actual: Este cuerpo Orgánico de la L.U.F.F, será la autoridad encargada de administrar todas las actividades técnicas a desempeñarse por parte del plantel de oficiales de Arbitraje en el desarrollo de las competencias que se organicen en su ámbito, así como, el manejo y discernimiento de las reglas de juego del Fútbol de Salón.
A) Impartir instrucciones a toda persona que se desempeñe como árbitro y fiscal de la mesa de control, en los encuentros oficiales o promocionales que se organicen dentro de la jurisdicción de esta Unión.
B) Clasificar y calificar a los oficiales de Arbitraje en categorías, promoverlos, relevarlos, inhabilitar sus funciones o excluirlos.
C) Estudiar, analizar, interpretar, difundir y realizar sugerencias a las reglas de fútbol de salón en toda la comunidad que práctica y atiende esta modalidad deportiva.
TEXTO SUGERIDO: Este Cuerpo orgánico de la L.U.F.F., será la comisión en la que el Comité Ejecutivo delega la gestión administrativa de las actividades técnicas a desempeñar por parte del plantel de árbitros habilitados para dirigir las competencias que se organicen en el ámbito de la L.U.F.F.
a) El Directorio deberá mantener actualizado y calificado el plantel de árbitros y auxiliares disponibles y en función de ello, realizar las designaciones, las que deberán ser aprobadas previamente por el Comité Ejecutivo.
b) El Directorio, será el organismo responsable de mantener contactos preliminares con árbitros y auxiliares a los fines de coordinar acuerdos económicos por prestación de servicios, su duración y condiciones. Los acuerdos deben ser expresamente aprobados por el Comité Ejecutivo para tener vigencia.
c) El Directorio, deberá designar con acuerdo del Comité Ejecutivo a la persona o personas que actuará (n) como Instructor (es), de los planteles de árbitros y auxiliares de la Unión.
d) El o los instructor designado(s), deben ser ex árbitro de reconocida capacidad y trayectoria, debe tener directa relación con los Instructores de la CAFS, a los fines de mantenerse actualizado y recibir las directivas relacionadas al reglamento de juego, su interpretación y aplicación.
e) El instructor será la persona que elevará al Directorio de Árbitros como informe, la calificación local de los señores árbitros y auxiliares, para que se eleve al Comité Ejecutivo de la Unión a los efectos que correspondan.
ART. Nº 67
Texto actual: Este cuerpo estará integrado por 3 (tres) miembros, cuyos cargos y funciones, corresponderán a un Presidente, un Secretario y un Tesorero y cada uno de ellos duraran en sus funciones 4 (cuatro) años, pudiendo ser reelegidos en esta o demás funciones.
TEXTO SUGERIDO: Este cuerpo estará presidido por el presidente del Comité Ejecutivo y tendrá además 3 (tres) miembros, de los cuales, uno, oficiará de secretario, durarán en sus funciones 4 (cuatro) años, pudiendo ser reelegidos en esta o demás funciones. Es condición excluyente para integrar este Directorio, no ser Jugador, DT, PF, Árbitro, Auxiliar o Delegado de un club en actividad.
(Aclaración, ninguna comisión debe tener tesorero por que en el Comité Ejecutivo ya existe uno y todos los ingresos de la Unión, deben ser ingresados por allí)
ART. Nº 68.
Texto actual: De entre los oficiales de arbitrajes de un encuentro, los árbitros son la autoridad máxima del juego y su control, los fiscales de mesa, son sus auxiliares, por lo tanto, están obligados a cumplir y hacer cumplir las reglas del fútbol de salón. Las acciones de los árbitros, así como sus determinaciones durante el juego, no podrán ser recusadas las acciones por representantes de ninguna entidad / afiliada, autoridad o cuerpo orgánico y si lo hicieran no serán consideradas, ni atendidas.
TEXTO SUGERIDO: Los árbitros y auxiliares tendrán los derechos y las obligaciones que les asigna el Reglamento de Juego de la CAFS. Están obligados a cumplir y hacer cumplir las decisiones del Comité Ejecutivo de la Unión siempre y cuando no se opongan a las Reglas de Juego vigentes en la CAFS
68 a) - Sus actuaciones pueden ser evaluadas e informadas por los miembros del Directorio de Árbitros o por veedores designados para tal fin por el Directorio.
68 b) - El Directorio de Árbitros deberá recibir las notas que cuestionen o reclamen el accionar de los árbitros o auxiliares. Para ser consideradas, deben poseer un texto fundamentado y respetuoso, estar firmada por el Delegado del club o ACD habilitado en la Unión y haber abonado el arancel que para este fin fijará la Asamblea.
68 c) - Como consecuencia de los informes o reclamos recibidos el Comité Ejecutivo y el Directorio de Árbitros en conjunto, podrán adoptar las decisiones que considere oportunas, como ser: Advertencias, suspensiones, multas o expulsiones del o los árbitros y/o auxiliares informados .
ART. Nº 69.
Texto Actual: Además de los deberes y derechos consignados en Reglamento de Juego y las propias de ese cuerpo a nivel local o extrajurisdiccional y en especial, el árbitro debe:
A) Informar y elevar en un plazo de 48 horas a posteriori de la culminación de un encuentro, al Directorio de Árbitros y jueces, eventualmente a la Secretaría General de la Asociación, el relato por escrito, mediante el cual, da explicaciones, claras, concisas y de corresponder cruda y contundente, de las situaciones anormales, de las acciones anormales percibidas o promovidas antes, durante y después del encuentro en el que le correspondiere controlar. En los casos normales de las acciones de un encuentro consignará en planilla de juego simplemente SIN NOVEDAD. Todo informe elevado fuera del plazo reglamentado, dará lugar a sanciones sobre sus actuaciones y podrá darse lugar a rechazos.
B) Observar y hacer cumplir estrictamente los horarios de programación de encuentros, así como las tolerancias reglamentadas, siempre que estén dadas las condiciones mínimas indispensables para autorizar sus inicios.
C) Verificar la existencia y cumplimiento de todos los requisitos previos y reglamentarios para el inicio del encuentro. Así como las documentaciones que los equipos deben acreditar formalmente.
TEXTO SUGERIDO:
Los árbitros y los auxiliares, deben obligatoriamente cumplir con el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y RECOMENDACIONES PARA ARBITROS Y AUXILIARES de FÚTBOL De SALÓN / FUTSAL, como así también de las surgidas del Comité Ejecutivo de la Unión.
ART. Nº 70:
Texto Actual: Los oficiales de Arbitrajes podrán suspender encuentros programados, antes o después de darse por iniciados, atento a los siguientes casos y circunstancias.
A) Cuando el recinto de juego, no reúna las condiciones mínimas reglamentarias o por no poder disponer de ella en horarios programados.
B) Por falta de iluminación o inconvenientes visuales, inconvenientes con las líneas principales.
C) Ante la promoción de actos extradeportivos y antidisciplinarios de jugadores o del público aficionados, del cuerpo técnico, auxiliares y representantes de entidades Afiliadas, en resumen, cualquier acto atentatorio contra el desarrollo normal de encuentros que no puedan ser erradicados para su inicio, desarrollo y/o culminación.
D) Ante la incomparencia (walk – over) de ambos equipos en los términos, formas, plazos reglamentarios de programación o reducción en la cantidad mínima reglamentaria de jugadores por equipo (menos de cuatro) para desarrollar el juego.
E) Ante la promoción de actitudes antirreglamentarias, desleales, por parte de protagonistas directos o indirectos al encuentro ante causas de fuerza mayor, o influencias climáticas adversas.
F) Ante el abandono de uno o ambos equipos protagonistas del juego.
TEXTO SUGERIDO:
Se sugiere eliminar el Art., ya que se encuadra en el texto sugerido del Art. Anterior.
lunes, 4 de octubre de 2010
sábado, 2 de octubre de 2010
viernes, 1 de octubre de 2010
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