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17 AÑOS DE ARGAF

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TERNA EN GAIMAN

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UNA PERSONA GANADORA SABE QUE LA ADVERSIDAD ES EL MEJOR DE LOS MAESTROS Y SABE TAMBIEN QUE EL RESULTADO DEPENDE DE SI MISMO






























ORGULLOSAMENTE ARTESANAL

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viernes, 17 de febrero de 2012

CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE FUTBOL DE SALÓN / FUTSAL Y SUS MODALIDADES Y VARIANTES REDUCIDAS.-


NOTICIAS BREVES 13 de febrero 2012



FUTSAL REDUCIDO: Adjuntamos en archivo reglamento de una modalidad que se está proponiendo desde la Unión Europea y que sería algo similar al Básquet 3 o Básquet 4, adaptado a nuestro deporte. Rogamos prestarle atención y hacer las sugerencias que crean corresponda. GRACIAS.



CONSULTAS: Ante algunas dudas, aclaramos que las edades para las categorías promocionales y otras cuestiones se encuentran en el Acta de la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 17 de diciembre de 2011, que adjuntamos.



PAGO DE LAS AFILIACIONES: informamos que optaron por el pago de contado las siguientes afiliadas: Corrientes, Ushuaia, Formosa y Santa Cruz norte.



CUESTIONES DE ORDEN Y CONOCIMIENTO PARA EVITAR CONFLICTOS

A efectos de evitar situaciones que podrían ser promotora de conflictos, recordamos algunos Art. de nuestro Estatuto.



Artículo 2º.

La Confederación Argentina de Fútbol de Salón, Futsal y sus variantes o modalidades reducidas; funcionará por tiempo indeterminado y ejercerá sus actividades según lo dispuesto en este Estatuto, tiene por objetivos y fines:



a) Cumplir y hacer cumplir los mandamientos originados en las Entidades Deportivas Nacionales e Internacionales a las que este afiliado;



c) Organizar, reglamentar, difundir y dirigir la practica del Fútbol de Salón, Futsal u otra modalidad reducida en todo el territorio nacional, en la forma establecida por los estatutos y Reglamentos que se dicten al efecto;



e) Orientar, coordinar, condicionar y fiscalizar las actividades en el orden nacional e internacional de sus afiladas;



k) Coordinar y proteger los intereses comunes de sus miembros y promover las relaciones de amistad y colaboración entre ellas y con otras entidades con objetivos similares;



n) Tomar las medidas convenientes, a fin de prevenir las infracciones a los Reglamentos de la Entidad Madre a nivel Internacional, impedir la introducción de prácticas irregulares en este deporte e impedir la utilización indebida de nuestras Reglas de Juego o nuestro nombre;



q) Adoptar medidas disciplinarias y aplicar sanciones a las personas físicas o jurídicas que fueran afiliadas o vinculadas por inobservancia de cualquiera de los mandatos de este Estatuto y Reglas accesorias;



Artículo 3º - DE LAS AUTORIDADES.

La Confederación Argentina de Fútbol de Salón, Futsal y sus variantes o modalidades reducidas, estará representada, dirigida y administrada, por:

a) El Congreso de Delegados, en su carácter de autoridad máxima;

b) El Comité Ejecutivo, como autoridad permanente administrativa en la función ejecutiva;

c) La sindicatura.



Artículo 4º - EL CONGRESO DE DELEGADOS.

El Congreso de Delegados, es la expresión soberana de la Confederación Argentina de Fútbol de Salón, Futsal y sus variantes o modalidades reducidas y esta revestido de todos los poderes y atribuciones; sus resoluciones y mandatos, revisten carácter obligatorio y deben ser acatados por todas las Afiliadas, directas o indirectas, ya que provienen de la autoridad superior de la organización; su violación trae aparejada las sanciones que contiene este Estatuto.- Las decisiones del Congreso de Delegados son inapelables.-



Artículo 12º - SON FACULTADES DEL CONGRESO DE DELEGADOS.-

b) Sancionar el Estatuto y Reglamento General, agregar, suprimir o modificar cualquier disposición;



c) Interpretar el Estatuto y Reglamento que será norma para casos similares;



i) Nombrar Comisiones Especiales e investigadoras para verificar gestiones, desempeños o medidas tomadas por el Comité Ejecutivo y sus afiliadas directas o indirectas, gozando ellas de amplia facultades de acción y ajustando sus procedimientos a las normas fijadas en el Reglamento General y Estatutos;



Artículo 23º - SON DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO.-

a) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y Reglamentos en vigencia e interpretarlos, debiendo informar al Congreso de Delegados en la sesión próxima;

b) Ejecutar las decisiones del Congreso de Delegados y directivas impartidas por las entidades a las que se encuentre afiliada;



Artículo 48º -

DE LAS AFILIADAS, FEDERACIÓN, ASOCIACIÓN, CLUB (ASOCIACIÓN).-

La Federación Provincial o Regional, reglamenta y coordina la actividad del Fútbol de Salón, Futsal y sus variantes y modalidades reducidas entre las asociaciones que las componen y de manera principal en el caso de certámenes locales o regionales que se organicen entre ellas, conservando cada Asociación su autonomía en lo que hace a su actividad y desenvolvimiento.



El funcionamiento de las Afiliadas ajustado al Art. 12º c) y el 23º a) de los Estatutos, dice que “la norma” relacionada a la autonomía de las Afiliadas expresada en el Art. 48º del Estatuto se refiere únicamente a:



a) Fijar el sistema de competencia que regirá sus torneos;



b) Fijar los aranceles que regirán su actividad local;



c) Fijar sus representantes a los torneos nacionales e internacionales;



d) Administrar todas las cuestiones propias de su funcionamiento que no estén normalizadas desde la Confederación a través de su Congreso de Delegados;



En ese sentido se aclara que no se permitirá la existencia dentro del país de Reglamentos de Juego diferentes al oficializado por la CAFS.



Esta aclaración incluye todo su articulado y en especial los balones de juego que fueron oficializados por el Congreso de Delegados..

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